Redacción: Rolando Rios Reyes
EDUCACIÓN CÍVICA: Es la disciplina que se busca transmitir los valores, cívicos, éticos, nacionalistas y patrióticos del hombre, dentro de un contexto histórico y social. La educación cívica está orientado a la formación integral de los ciudadanos para una mejor convivencia familiar y social.
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Contenidos de Educación Cívica: Están relacionados con:
✍ Los deberes y derechos de la persona humana.
✍ Los valores morales y
✍ Los valores sociales.
Valores morales y sociales:
La veracidad, la sinceridad la autenticidad, la responsabilidad, la solidaridad, el bien, la justicia, la honradez, la iniciativa, la constancia, la lealtad, la humildad, la tolerancia, la gratitud, la prudencia, la cortesía, etc.
La educación cívica como una disciplina del conocimiento:
✍ La educación cívica como una disciplina del conocimiento se ubica dentro del ámbito de las ciencias sociales.
✍ Por su categoría de disciplina su contenido ha ido variando sustancialmente a través de la historia.
✍ Así tenemos que empieza con la formación del ciudadano en el campo atlético y guerrero, en la Esparta de Licurgo (estableció la reforma de la sociedad espartana) y Solón (reformador político ateniense, considerado uno de siete Sabios de Grecia), hasta llegar a la actualidad, donde su preocupación es la de lograr la formación integral del ciudadano para la práctica de los deberes y derechos en la sociedad.
El campo y objeto de estudio de la educación cívica se enmarca dentro de la realidad social, en aspectos tales como:
✍ La formación cívica.
✍ La ética.
✍ La formación patriótica.
✍ La política y nacionalismo del ciudadano dentro del contexto histórico y social en el que se desarrolla.
✍ El estudio de la educación cívica es una necesidad histórica y social.
✍ La educación cívica forma parte de la formación integral de la persona humana.
✍ Los contenidos de la educación cívica están orientados a proporcionar al hombre una serie de conocimientos que le permitan descubrir los valores y virtudes éticas y sociales de la convivencia social.
Recurso Educativo: Calendario Cívico Escolar.
Contenido: Listado de fechas cívicas, conoce todas las fechas cívicas de Perú y del mundo, conmemoraciones, aniversarios, etc.
Curso: Educación Cívica.
A. Aspecto cívico: Se refiere al reconocimiento y valoración de las instituciones sociales y de sus normas que rigen su existencia.
B. Aspecto ético: Está relacionado al reconocimiento y valoración de las virtudes y valores morales del hombre y de la sociedad.
C. Aspecto patriótico: Está vinculado al reconocimiento e interiorización del amor a la patria y la emulación de sus personajes significativos que brindaron sus esfuerzos por defenderla y engrandecerla.
D. Aspecto nacionalista: Porque permite reconocer y valorar la importancia del patrimonio nacional en la forja de la nacionalidad peruana.
✍ El civismo es un vocablo que proviene del latín "civis", que significa ciudadano.
✍ El civismo es una virtud social.
✍ El civismo consiste en el reconocimiento de las instituciones sociales y de los intereses de la patria.
✍ Los ciudadanos deben poner en práctica un profundo respeto esmero e interés para garantizar la vigencia de las instituciones sociales en la medida que ellas no constituyan fuentes de desigualdades e injusticias.
» Ampliar información: Cívica
Cívica: Disciplina de formación ciudadana o civismo, busca fortalecer los espacios de convivencia social y las relaciones sociales entre las personas.
✍ La persona humana es el hombre que nace, crece se desarrolla y muere.
✍ La sociedad y el Estado fundan su presencia en el mundo en la existencia de la persona humana.
✍ Las personas constituyen las familias.
✍ El conjunto de familias con sus mutuas relaciones forman la sociedad.
✍ La sociedad se organiza a través de una serie de instituciones entre las que destaca el Estado como la institución suprema encargada de regular las relaciones entre los hombres, de tal manera que se conduzcan en forman armónica, guiados por las normas que dicta el Estado.
✍ En razón de la importancia que reviste la persona humana para la sociedad, el Estado, su defensa, y el respeto a su dignidad constituye el fin supremo de estos, por lo que tienen el deber de reconocerla, protegerla y respetarla.
✍ La persona humana es por naturaleza un ser social.
✍ Las personas no pueden vivir aisladas requieren siempre relacionarse con las demás.
✍ La persona humana evoluciona desde su nacimiento hasta su muerte en un marco de múltiples relaciones interpersonales que ofrecen diversas características.
✍ Las relaciones interpersonales se regulan a través de normas morales, sociales y jurídicas para que se respeten y protejan sus derechos y se exija el cumplimiento de sus obligaciones.
✍ Los deberes: Son las obligaciones que nosotros tenemos que cumplir en reciprocidad a la obligación que tienen los demás de respetar nuestros derechos.
✍ Los derechos: Son las facultades que tenemos para exigir el cumplimiento y respeto de algo.
» Ampliar información: Derechos Humanos
Derechos Humanos: Fundamentan la dignidad humana y la condición para que todos sean respetados. los Derechos Humanos fueron declarados el 10 de diciembre de 1948 y son importantes porque fundamenta la dignidad humana y condición para que todos sean respetados. Los Derechos Humanos presentan las siguientes características: Son universales, son naturales, son inalienables, son obligatorios, son indivisibles, son inviolables.
✍ Los deberes y derechos siempre van juntos, formando una unidad, aunque sus contenidos sean diferentes.
✍ Los deberes y derechos están íntimamente relacionados.
✍ A cada deber le corresponde un derecho.
✍ No es posible exigir nuestros derechos si previamente no cumplimos con nuestros deberes.
✍ Los deberes y los derechos constituyen el mecanismo más importante que regula la conciencia social del hombre.
El mecanismo y proporción de un derecho y deberes fundamentales de la persona tiene como antecedentes históricos a los siguientes documentos:
✍ La Declaración de la Independencia de los Estados Unidos y
✍ La Declaración de los Derechos Humanos del Hombre y del Ciudadano, dictada durante la Revolución Francesa de 1789.
Estos documentos sirvieron de base para la elaboración de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobado en la III Asamblea General de las Naciones Unidas reunida en París el 10 de diciembre de 1948.
✍ Los deberes y derechos están íntimamente relacionados y forman una unidad aunque sus contenidos sean diferentes.
✍ A cada deber le corresponde un derecho.
✍ No es posible exigir nuestros derechos si previamente no cumplimos con nuestros deberes.
✍ Los deberes y los derechos constituyen el mecanismo más importante que regula la conciencia social del hombre.
Clases de deberes: Los deberes son las exigencias o prohibiciones en torno a la realización o no de determinados actos o la adopción de una determinada forma de conducta.
A. Deberes generales:
✍ Son aquellos que cumplen todas las personas sin excepción.
✍ Ejemplo: Respetar y defender la ley, pagar impuestos, respetar y defender los símbolos patrios.
B. Deberes de función:
✍ Son aquellos que cumplimos en cuanto cada persona realiza una actividad o función específica.
✍ Ejemplo: No abusar del poder de autoridad, castigar con justicia.
Clases de derechos: Derechos fundamentales, derechos derivados.
A. Derechos fundamentales:
✍ Son aquellos que no pueden faltar en la vida de las personas.
✍ Ejemplo: Derecho a la vida, a la libertad, y a la propiedad.
B. Derechos derivados:
✍ Son aquellos que provienen de los fundamentales.
✍ Ejemplo: Derecho a la educación, a la prosperidad, al bienestar.
Derechos Humanos: Fundamentan la dignidad humana y la condición para que todos sean respetados. los Derechos Humanos fueron declarados el 10 de diciembre de 1948 y son importantes porque fundamenta la dignidad humana y condición para que todos sean respetados. Los Derechos Humanos presentan las siguientes características: Son universales, son naturales, son inalienables, son obligatorios, son indivisibles, son inviolables.
» Derechos HumanosA. Los derechos sociales:
✍ Son aquellos que tiene el hombre, en cuanto persona social.
✍ No olvidemos que el hombre es un ser social, es decir, una persona que, por su misma naturaleza, debe vivir en sociedad, para poder alcanzar su fin.
✍ La naturaleza social del hombre se comprueba porque sólo en sociedad alcanza éste el pleno desarrollo de su personalidad.
B. Los derechos sociales podemos agruparlos en tres:
✍ Los que están íntimamente vinculados con la familia.
✍ Los que guardan relación con la educación.
✍ Los que guardan relación con el trabajo.
» Ampliar información: Movimiento Obrero en el Perú
Movimiento Obrero en el Perú: "Federación de Trabajadores Textiles" solicitando 8 horas de trabajo, 8 horas de instrucción y 8 horas de descanso (1919).
✍ Toda persona tiene derecho a constituir y pertenecer a una familia.
✍ Toda persona tiene derecho a recibir educación, y a trabajar en bien de la sociedad.
✍ La familia es la “célula original de la vida social”.
✍ La vida social empieza en la familia.
✍ La vida de familia es iniciación a la vida en sociedad.
✍ En la familia, el hombre recibe desde el momento de su nacimiento, los valores morales, la estabilidad y el afecto que necesita para crecer dignamente y como corresponde a una persona humana.
✍ En nuestra Constitución, se afirma que la “comunidad y el Estado protegen a la familia y promueven el matrimonio”.
✍ Se considera a la familia como una institución natural y fundamental.
✍ El Estado debe respetar los derechos de la familia, que es anterior al Estado.
Familia: Conjunto de personas unidas a partir de vínculos de parentesco y convivencia, además la familia tiene como principal característica ser la “Célula original de la vida social”. La primera forma de vida familiar se denominó “Clan” (forma primitiva de la unión familiar). Las familias se clasifican según el número de cónyuges, por la autoridad familiar y por los alcances del parentesco.
» FamiliaTipos de Familia: La familia se clasifica según el número de cónyuges, por la autoridad, por los alcances del parentesco. Ejemplos: Familia monogámica, familia poligámica, familia poligénica, familia poliándrica, familia patriarcal (autoridad del padre), familia matriarcal (autoridad de la madre), familia democrática, familia nuclear, familia extensa o extensiva.
» Tipos de FamiliaFunciones de la Familia: Función reproductora, función económica, función educadora, función recreativa, función socializadora. La familia garantiza la procreación del género humano (función reproductora), está formada por un conjunto de normas de conducta, hábitos, aptitudes e informaciones (función educadora), adquiere bienes y servicios necesarios para satisfacer necesidades (función económica), además de ello cumple funciones de recreación y socialización.
» Funciones de la FamiliaA. El matrimonio: Es la unión del varón y mujer con el propósito de lograr bienestar material y espiritual y la finalidad de perpetuar la especie humana.
Matrimonio: Unión voluntaria concertada por un varón y una mujer, libres de impedimento matrimonial, con la finalidad de hacer una vida en común.
Importancia del matrimonio: Es el punto de partida del origen de la familia.
¿Qué parentesco produce el matrimonio?: Parentesco por afinidad, entre cada uno de los cónyuges y los parientes consanguíneos del otro.
¿Quiénes son los responsables de celebrar el matrimonio civil?: El Alcalde, los regidores y los funcionarios municipales.
¿Cuáles son los tipos de efectos producidos por el matrimonio?: Efectos legales extrapatrimoniales de orden personal y efectos legales patrimoniales de orden económico.
¿Cuáles son los tipos de impedimentos matrimoniales?: Impedimentos absolutos, impedimentos relativos, impedimentos especiales.
B. Régimen patrimonial: El matrimonio es también la unión de bienes de ambos cónyuges, las relaciones de orden económico se expresan de dos formas:
✍ Sociedad de bienes gananciales: Puede haber bienes propios de cada cónyuge y bienes de la sociedad.
✍ Separación de patrimonio: Cada cónyuge conserva la plena propiedad, administración y disposición de sus bienes presentes y futuros.
Régimen Patrimonial: También denominado régimen económico del matrimonio, es el sistema de normas jurídicas por el cual es regulada la relación económica y de administración y los bienes y propiedades adquiridos en el matrimonio (entre los cónyuges o de ellos frente a terceros).
» Régimen PatrimonialSociedad de Gananciales: En el régimen de sociedad de gananciales puede haber bienes propios de cada cónyuge y bienes de la sociedad.
Son bienes propios de cada cónyuge:
Los que aporte al iniciarse el régimen de sociedad de gananciales.
Los que adquiera durante la vigencia de dicho régimen a título oneroso, cuando la causa de adquisición ha precedido a aquella.
Los que adquiera durante la vigencia del régimen a título gratuito.
C. Deberes en el matrimonio:
A. Deberes de los padres:
✍ Respetar la vida de sus hijos.
✍ Prodigar los alimentos.
✍ Cuidar la salud física y mental.
✍ Cobijarlos y brindarles seguridad
✍ Educarlos y brindarles una formación integral.
B. Deberes de los hijos:
✍ Honrar a los padres.
✍ Respetar a los padres.
✍ Obedecer a los padres.
C. Deberes y derechos conyugales:
✍ Deber recíproco de fidelidad y asistencia.
✍ Deber de hacer vida en común.
✍ Deber y derecho de participar en el gobierno del hogar.
A. El parentesco: Es el vínculo que relaciona a los componentes de una familia tanto a los ascendientes como padres, hijos y descendientes como hijos, nietos.
B. Grado de parentesco:
En 1er. grado padres con hijos.
En 2do. grado abuelos con nietos y entre hermanos.
En 3er. grado bisabuelos con bisnieto y tío con sobrino.
En 4to. grado primos hermanos entre sí.
Parentesco: Vínculo que relaciona a los integrantes de una familia, mediante líneas de parentesco ascendiente y/o descendientes.
Tipos de parentesco: Parentesco ascendiente: Padres, parentesco descendiente.
Clases de parentesco: Consanguinidad, afinidad, civil, lazos espirituales.
Grados de parentesco: 1°, 2°, 3°, 4°.
Líneas de parentesco: línea recta, línea colateral.
B. La Patria Potestad: Es la autoridad que ejercen los padres sobre sus hijos menores de edad creando derechos y deberes entre ambas partes.
Patria Potestad: Es la autoridad que ejercen los padres sobre los hijos menores de edad. Los padres tienen el deber y el derecho de cuidar de la persona y bienes de sus hijos menores. La patria potestad se ejerce conjuntamente por el padre y la madre durante el matrimonio, correspondiendo a ambos la representación legal del hijo.
» Patria PotestadC. La Tutela: Es la misma patria potestad ejercida por personas mayores de edad llamada “tutor” sobre menores.
Tutela: Institución creada para la protección de la persona y los bienes del menor de edad.
✍ Tutor: Persona encargada de cuidar y proteger al menor.
✍ Clases o formas de tutela: Testamentaria, escrituraria, legítima, estatal.
✍ Cuándo se acaba la tutela: Muerte del menor, mayoría de edad del menor, incapacidad del menor, ejercicio de la patria potestad.
✍ Cuándo el cargo de tutor cesa: muerte del tutor, renuncia del tutor, declaratoria de quiebra, ratificación, remoción.
A. Finalidad de la educación:
El fin de la educación es proporcionar al hombre la formación integral que debe conseguir, para alcanzar su máximo desarrollo como persona.
B. Derecho a la educación:
Todos los hombres, de cualquier grupo étnico, condición y edad, por poseer la dignidad de persona, tiene el derecho inalienable y el deber ineludible a la propia educación.
» Ampliar información: Día de la Educación
Día Mundial de la Educación: 1 de abril, fecha cívica aplicada por acuerdo de las Naciones Unidas y la UNESCO.
Al trabajo, se le considera como deber y como derecho:
A. El trabajo como deber:
✍ Estamos obligados a trabajar para sustentarnos.
✍ Todos los hombres tenemos el deber de trabajar.
✍ En el trabajo, la persona ejerce una parte de las capacidades inscritas en su naturaleza.
✍ En el trabajo, la persona se perfecciona, adquiere virtudes.
B. El trabajo como derecho:
✍ Nadie puede ser impedido de acceder al trabajo.
✍ El valor del trabajo pertenece al hombre mismo.
✍ El trabajo es para el hombre y no el hombre para el trabajo.
✍ Como derecho, nadie nos debe impedir el ejercicio del mismo.
» Ampliar información: Trabajo: Tipos de Trabajo
Trabajo: Es la actividad humana, destinada a producir bienes y servicios, para la satisfacción de las necesidades. La palabra trabajo proviene del vocablo latín "Tripalium" que significa látigo terminado en tres puntas. Características del trabajo: Es penoso, Es una actividad consciente, requiere de esfuerzo: Físico y mental, dignifica al hombre, tiene un fin económico.
Son aquellos deberes y derechos que tenemos las personas como ciudadanos.
A. La ciudadanía:
✍ Es la calidad y el derecho de elegir y ser elegido para los cargos públicos.
✍ El ciudadano es la persona natural que reúne los requisitos que establecen las leyes para tener el documento de identidad (Libreta Electoral o Documento Nacional de Identidad).
B. Son ciudadanos:
✍ Los peruanos mayores de 18 años.
✍ Para el ejercicio de la ciudadanía se requiere estar inscrito en el Registro Electoral.
C. Derechos de los ciudadanos:
✍ A participar en los asuntos públicos mediante referéndum; iniciativa legislativa, remoción o revocación de autoridades y demanda de rendición de cuentas.
✍ A ser elegidos y de elegir libremente a sus representantes, de acuerdo con las condiciones y procedimiento determinados por ley orgánica.
✍ Al voto en goce de su capacidad civil.
D. El voto:
✍ Nuestra Constitución establece, el voto, en el Perú es personal; es decir, que cada persona lo ejerce de manera directa.
✍ Es igual, en el sentido que a cada persona le corresponde un voto.
✍ Es libre, porque se garantiza su emisión, sin presiones.
✍ Es secreto como garantía de esa libertad.
✍ La obligatoriedad de votar llega hasta los setenta años (voto facultativo).
E. Los partidos políticos:
✍ Los ciudadanos ejercen sus derechos individualmente o a través de organismos políticos como los partidos.
✍ La ley establece normas para asegurar el funcionamiento democrático de los partidos y la transparencia en cuanto al origen de sus recursos económicos.
F. El ejercicio de la ciudadanía se suspende:
✍ Por resolución judicial de interdicción.
✍ Por sentencia con pena privativa de la libertad.
✍ Por sentencia con inhabilitación de los derechos políticos.
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Redactor: Rolando Rios Reyes | Más artículos del autor.
Rolando Rios Reyes: Licenciado en Educación en el área de Ciencias Sociales, egresado de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle - La Cantuta, especialista investigador y capacitador en Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), redactor de Diario El Informativo y director de la Plataforma Educativa Virtual Carpeta Pedagógica.
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